La
Asociación Mexicana de Afores (Amafore) rechazó que la iniciativa de Morena en
el Congreso que busca modificar, entre otras, a la Ley del Seguro Social con la
que se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, sea para expropiar los
recursos como se ha señalado en algunos medios.
“Es
importante aclarar que la iniciativa no contempla ninguna expropiación de
recursos como se ha señalado en algunos medios”, expresó en un comunicado.
La
Amafore aclaró que dicha iniciativa lo que plantea es formalizar una
transferencia de recursos que se ha estado haciendo ya desde hace algunos años.
“Además,
mantiene la condición de imprescriptibilidad de los recursos de los
trabajadores, tal y como se estableció desde la reforma de 2020”, aseguró.
El
organismos, que aglutina a nueve de las 10 administradoras de nueve fondos para
el retiro, recordó que el 4 de abril los diputados Ivonne Cisneros e Ignacio
Mier presentaron una iniciativa para modificar, entre otras, a la Ley del
Seguro Social con la que se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar con
los recursos de las cuentas inactivas de los trabajadores en las administradoras
de fondos para el retiro (afores).
La
iniciativa propone transferir los recursos de los trabajadores, sin la
necesidad de una resolución judicial, al momento en que los trabajadores
cumplan 70 años.
“Al
respecto, Amafore expresa que siempre apoyará toda iniciativa que esté en favor
de las condiciones de retiro de las y los trabajadores mexicanos”, añadió.
Asegura
que lo que plantea la iniciativa es formalizar una transferencia de recursos,
lo que ella se ha estado haciendo desde hace varios años.
La asociación
resaltó que los trabajadores de México pueden confiar plenamente en la
seguridad de sus recursos en el Sistema de Ahorro para el Retiro, concluye el
documento.
Actualmente,
el artículo 302 refiere que el derecho del trabajador o pensionado y, en su caso,
de sus beneficiarios a recibir los recursos de la afore es imprescriptible.
Sin
embargo, en caso de que hayan pasado 10 años sin que la cuenta haya sido reclamada
por el trabajador, pensionado o beneficiarios, el Instituto Mexicano del Seguro
Social podrá disponer de dichos recursos.
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